Evaluación de las solicitudes

 

La Secretaría Técnica, tras la recepción, registro y valoración formal de las solicitudes de acreditación, remitirá la documentación completa de cada expediente a los miembros del Comité de Acreditación a través de la plataforma SAGa Evaluadores.

Los evaluadores valorarán la actividad de forma independiente, con base en sus conocimientos técnicos, otorgando una puntuación de acuerdo con los criterios cualitativos aprobados por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud y remitirán esa valoración a la Secretaría Técnica a través del portal web SAGa Evaluadores.

Por acuerdo de la Comisión Nacional, cada actividad será evaluada por un mínimo de tres y un máximo de cinco evaluadores, sin perjuicio de solicitar valoraciones adicionales cuando resulte necesario.

Las ediciones nuevas e idénticas (reediciones) de una actividad ya acreditada serán estudiadas por la Secretaría Técnica para comprobar que son iguales a la anterior y se les asignarán los mismos créditos obtenidos por ella, siempre y cuando no se produzcan novedades en los criterios o métodos de evaluación, ni cualquier otra circunstancia que pudiera modificar la asignación de créditos de una actividad.

Se considerarán reediciones las celebradas en los dos años siguientes a la primera solicitud.

 

EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE CRÉDITOS

El número de créditos es el resultado de valorar dos componentes:

1. Componente cuantitativo o factor de extensión (CCT)

La Secretaría Técnica le propondrá a la Comisión las horas para el cálculo del componente cuantitativo en todo tipo de actividades, presenciales, no presenciales y mixtas.

En todo caso, se considerarán como máximo 100 horas, independientemente de las horas estimadas por el proveedor.

Duración de la formación presencial:

Es valorada por la Secretaría Técnica en función del cronograma aportado por el proveedor.

No se computarán como horas acreditables:

  • los descansos,
  • el tiempo dedicado a la entrega de documentación,
  • la presentación y clausura excepto que por su valor pedagógico formen parte del contenido docente de actividad,
  • cualquier otra actividad no orientada al aprendizaje ni a su evaluación.

En los congresos, reuniones, jornadas, simposios, etc. no será acreditable el tiempo dedicado a la presentación de pósteres y comunicaciones o a actividades que no formen parte del programa científico asumido por la organización.

Duración de la formación no presencial:

Es valorada por la Secretaría Técnica en función de los informes de los evaluadores y hace referencia al tiempo en horas que cada alumno deberá dedicar al aprendizaje sin presencia física. No se computarán más de 5 horas semanales de dedicación.

Ponderación del componente cuantitativo.

Se aplica un factor de ponderación escalonado:

Duración Ponderación
menor o igual a 20 horas x 1,1
entre 21 y 40 horas x 1,0
entre 41 y 80 horas x 0,9
más de 80 horas x 0,7

 

Esta corrección tiende a ponderar el impacto, sobre el número final de créditos, de las actividades de muy larga duración, que en general presentan dilemas interpretativos sobre su naturaleza de formación continuada.

 

2. Componente cualitativo o factor de calidad (CCL)

Es valorado para cada actividad por un mínimo de tres y un máximo de cinco evaluadores externos de acuerdo con los criterios comunes, generales y mínimos establecidos por la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud.

La valoración contempla cinco elementos:

  • pertinencia,
  • objetivos,
  • metodología docente,
  • evaluación y
  • organización y logística.

Ponderación del componente cualitativo.

Partiendo de la base de la importancia desigual que se concede a cada uno de los criterios en los que se basa el componente cualitativo (CCL), se introduce un factor de ponderación en cada uno:

Elemento Ponderación
Pertinencia x 2
Objetivos x 1
Metodología x 1,5
Evaluación x 1,5
Organización y logística x 1


Para obtener la acreditación, el valor del CCL debe ser igual o mayor que 1.

El número total de créditos asignados a una actividad concreta es el resultado del producto de la puntuación del componente cualitativo (CCL) por el componente cuantitativo (CCT).
                                                  
                                           Nº CRÉDITOS = CCT x CCL

Agencia Gallega de Conocimiento en Salud

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud es una entidad pública gallega creada con la vocación de convertirse en el elemento nucleador del ecosistema de conocimiento e innovación en salud en Galicia.