Las estancias formativas de extranjeros están reguladas en el artículo 30 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero , por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
Estas estancias no están previstas para profesionales españoles o extranjeros que presten servicios en instituciones públicas o privadas españolas y quieran realizar cursos o períodos de aprendizaje en otros centros españoles o extranjeros.
Para más información sobre la solicitud y tramitación de estancias formativas de extranjeros, consulte aquí la web del Ministerio de Sanidad