Reconocimiento profesional de los títulos y certificados de formación profesional expedidos por estados miembros de la Unión Europea

 
 
A estos efectos resulta de aplicación el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE)  n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento  IMI). Estas directivas se han adoptado para el reconocimiento mutuo de diplomas, certificados y otros títulos de formación con el fin de que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea puedan ejercer una profesión, por cuenta propia o ajena, en un estado miembro distinto de aquel en que hayan adquirido sus calificaciones profesionales.
 
La Agencia de Conocimiento en Salud tiene atribuidas las competencias para el reconocimiento de títulos y certificados de formación de determinadas profesiones del sector sanitario, expedidos por los estados miembros de la Unión Europea o asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
 
Estas profesiones son:
  • Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería.
  • Técnico en Farmacia y Parafarmacia.
  • Técnico Superior en Anatomía patológica y citoloxía.
  • Técnico Superior en Audioprótese.
  • Técnico Superior en Dietética.
  • Técnico Superior en Documentación Sanitaria.
  • Técnico Superior en Higiene Bucodental.
  • Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico.
  • Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico.
  • Técnico Superior en Ortoprótese.
  • Técnico Superior en Prótesis Dentales.
  • Técnico Superior en Radioterapia.
  • Tecnico Superior en Salud Ambiental.
 
Documentación que deberán presentar los interesados:
  • Solicitud de reconocimiento del título
  • Copia compulsada del DNI, pasaporte o documentación equivalente que acredite que el/la interesado/a posee la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Copia compulsada del/de los título/s académico/s.
  • Certificación oficial y personalizada del programa de formación realizado por el solicitante en la que conste la duración de los estudios en años académicos y descripción de las asignaturas cursadas así como la especificación del número de horas en cada una de ellas, tanto teóricas como prácticas.
  • Cuando la profesión esté regulada en el Estado de origen del título, certificación de la autoridad competente que acredite, de acuerdo con la directiva 2005/36/CE, que el/la profesional puede ejercer en ese país.
  • Cuando la profesión no esté regulada en el Estado de origen del título, documento acreditativo, expedido por la autoridad competente, de haber ejercido la profesión de forma legal y efectiva en el Estado de origen, o en otros comunitarios, durante un año a tiempo completo, o a tiempo parcial durante un periodo equivalente, en el transcurso de los diez años anteriores, siempre que esté en posesión de uno o varios certificados de competencia o de uno o varios títulos de formación que haya expedido otro Estado miembro que no regule esa profesión. Dichos certificados de competencia o títulos de formación deberán acreditar la preparación del titular para el ejercicio de la profesión correspondiente.
  • Traducción oficial al gallego o castellano de los títulos y certificaciones presentadas.
Documentación para descargar

Agencia Gallega de Conocimiento en Salud

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud es una entidad pública gallega creada con la vocación de convertirse en el elemento nucleador del ecosistema de conocimiento e innovación en salud en Galicia.