El reconocimiento en España de los efectos profesionales a las calificaciones especializadas obtenidas en Estados no miembros de la Unión Europea se realiza por el procedimiento regulado en el Real decreto 459/2010 de 16 de abril .
El citado reconocimiento otorgará los mismos derechos y obligaciones profesionales que el título español de especialista y será un requisito esencial para la práctica en España, por cuenta propia o ajena, de la profesión de especialista de que se trate.