FAQs

¿Quién puede participar?

•las entidades privadas con personalidad jurídica, válidamente constituidas, así como los empresarios individuales;
•organismos de investigación como centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica o universidades públicas.

 
Proyectos elegibles

•Iniciativas de carácter innovador ya sea en producto/servicio, en procesos y/o en el modelo de negocio tanto en el sector sanitario y biomédico como en aquellos que sean transversales al sector salud: alimentación, TIC, nuevos materiales y construcción, electrónica y robótica.
•Deberán tener la capacidad de generar resultados con aplicación en la sociedad; estos resultados deberán tener potencial comercial y generar retornos, independientemente del plazo en el que estos se produzcan.
•Deberán estar situados en un TRL7 o superior (nivel de madurez de la tecnología).

 
¿Se puede presentar la solicitud presencialmente?

No, el artículo 8 de las bases reguladoras especifica que “Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal

El código del procedimiento asociado es: SA304B “Participación en el living lab de salud de Ourense de la red de living labs de salud de Galicia (LABSAÚDE)”.
 
¿Una misma entidad puede presentar varias propuestas?

Sí, no hay límite de proyectos. No obstante, el artículo 16 de las bases reguladoras especifica: “Se propondrá la selección de los 15 proyectos con mayor puntuación por orden decreciente, quedando, en su caso, como suplentes aquellas solicitudes que alcanzaron una puntuación igual o superior a la puntuación mínima indicada pero que no lograron quedar entre las 15 primeras”.

 
En el caso de investigadores vinculados con la Universidad que quieran presentar un proyecto, ¿quién realiza y firma la solicitud electrónica?

La solicitud en la Sede electrónica la realizará el investigador a título individual. No obstante, en caso de ser seleccionado, la firma del Acuerdo de colaboración, éste será firmado por el representante legal de la Universidad (equipo directivo, rectoría/vicerrectoría).

 
Y en ese caso, ¿los solicitantes deberán adjuntar la autorización de la Universidad?

En la primera fase de envío de solicitudes no es necesario. No obstante, en caso de ser el proyecto seleccionado, la Universidad será quien firme el Acuerdo de colaboración.

 
¿Qué documentación debe adjuntarse con la solicitud? ¿Existe algún modelo específico para presentar el “Plan de empresa”?

Las entidades interesadas deberán adjuntar junto con el anexo I la siguiente documentación:

Plan de empresa: El Plan de empresa no tiene ningún modelo predefinido. Se trata de un documento de formato libre sin mínimo ni límite de extensión donde se recogerán aspectos de viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto que NO de la empresa/entidad.
Modelo de negocio según el anexo II: Este permitirá ver el modelo de negocio de forma simplificada.
 
¿Las universidades y organismos de investigación como centros de tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica deben adjuntar igualmente el “Modelo de negocio” y el “Plan de empresa” que se solicita en artículo 9?

Sí, ambos documentos deben presentarse como anexo a la solicitud. El Plan de empresa debe entenderse como la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.

 
¿Necesito tener certificado digital para presentar mi solicitud?

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

 
¿Cuándo es necesario firmar el Acuerdo de colaboración que figura en el Anexo IV?

El acuerdo de colaboración se firmará una vez seleccionado el proyecto, en los dos meses posteriores a la publicación de la Resolución definitiva.

 
En el caso de que una misma entidad presente varias propuestas ¿es necesario firmar un acuerdo de colaboración para cada proyecto seleccionado?

Sí, el acuerdo de colaboración es específico para cada proyecto.

 
¿Puede participar en un proyecto más de una entidad? ¿Quién presenta la solicitud?

Un proyecto puede estar formado por más de una entidad. En estos casos, las entidades que conforman el proyecto deberán designar a un representante quien presentará la solicitud y la firmará en nombre de todos.

Para estos casos se habilita un modelo de anexo de DECLARACIÓN RESPONSABLE DE DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE, a fin de realizar la solicitud de participación en el Living Lab de Ourense.

El acuerdo de colaboración (Anexo IV) será firmado por todas las entidades que conformen el proyecto.

 

Agencia Gallega de Conocimiento en Salud

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud es una entidad pública gallega creada con la vocación de convertirse en el elemento nucleador del ecosistema de conocimiento e innovación en salud en Galicia.