Se consideran como tales las dirigidas a varios colectivos profesionales diferentes. Deben ser objeto de acreditación, siempre que reúnan las siguientes características:
- Materias de carácter transversal para las profesiones a las que se dirige la actividad y en el conjunto del programa y contenido.
- Materias en las que se requiera, para la actividad asistencial, el aprendizaje y entrenamiento de acciones conjuntas y coordinadas de varias profesiones sanitarias.
En ningún caso se considerarán multidisciplinares aquellos temas que, siendo ocupación de diferentes profesiones en la práctica profesional, se requiera alcanzar distintos niveles de conocimiento, ni aquellos en los que las distintas profesiones dispongan de diferentes niveles formativos de base.